Información sobre el ayuno

 

 SIYÂM

 La práctica del ayuno en el Islam

 

 

1. Definición de Siyâm y fecha de su institución

 

          a) Siyâm (o Sawm) es la abstención de comer, beber y mantener actividad sexual, desde que raya el alba hasta la puesta del sol, con el propósito (niyya) de que sea un acto que signifique sumisión a Allah (ta‘ábbud).

 

          b) El Siyâm representa la continuación en el Islam de la práctica del ayuno, el cual está presente en todas las tradiciones espirituales anteriores (dice el Corán: “Oh, vosotros, los que os habéis abierto de corazón a Allah, os es prescrito el ayuno como fue prescrito a los que os precedieron, tal vez os haga tener presente a vuestro Señor”). Fue instituido un lunes del mes de Sha‘bân del segundo año después de la Hégira).

 

          2. Valor y bondad del Siyâm

 

          a) Muchos hadices se pronuncian sobre el mérito inherente a la práctica del ayuno, revelando su valor y virtud (fadl). El Profeta (s.a.s.) dijo: “El Siyâm es un escudo que protege contra el Fuego, como los escudos que utilizáis en las batallas”, “Por un solo día de ayuno realizado por Allah, Allah libra del Fuego al hombre setenta años”, “El que ayuna, en el momento en que rompe el ayuno, si ruega a Allah, Allah no desatiende su invocación”, “El Jardín tiene una puerta que se llama ar-Rayyân, por la que sólo entrarán los que se hayan consagrado a la práctica del ayuno. Ningún otro podrá entrar por esa puerta. El Día de la Resurrección se dirá: ¿Dónde están los sâimûn (lo que se han consagrado a la práctica del ayuno)?. Ellos se levantarán y entrarán por esa puerta, y después será cerrada”.

 

          b) En cuanto a las bondades (fawâid) de esta práctica, es decir, sus beneficios y resultados, podemos enumerar los siguientes:

          -El ayuno educa a los musulmanes en la virtud del sabr, que es la paciencia, la constancia y la irreductibilidad. Con ello, se llega al autocontrol que permite adherirse a una disciplina que trasforme el espíritu mejorándolo.

 

          -El ayuno ayuda a tener constantemente presente a Allah, y esta virtud es llamada taqwà, verdadero objetivo de su práctica. El ayuno se prolonga durante muchas horas y se realiza con la intención de agradar a Allah y cumplir Sus órdenes, con lo que el Recuerdo es constante, y el Recuerdo es ser consciente de la Presencia de Allah en cada instante: “os ha sido prescrito el ayuno como fue prescrito a los que os precedieron, tal vez os haga tener presente a vuestro Señor

 

          -El ayuno solidariza y aúna a los musulmanes, y, de forma connatural, de esta práctica se derivan virtudes como la generosidad y la compasión.

 

          -También son consustanciales al ayuno sus beneficios sobre la salud, al limpiar el cuerpo, tal como dijo el Profeta: “Ayunad y sanaréis”.

 

          3- El Siyâm recomendado, el desaconsejado y el prohibido

 

          a) El ayuno es aconsejado (mustahabb) en los días que se mencionan a continuación:

          -El día de ‘Árafa, que es el día noveno del mes de Dzû l-Hiŷŷa, cuando los peregrinos se congregan en la llanura de ‘Árafa en las proximidades de Meca. El Profeta (s.a.s.), animando a esta práctica, dijo: “El ayuno del día de ‘Árafa limpia el corazón de lo que la persona haya hecho los dos años anteriores y de lo que hará los dos años posteriores. El ayuno del día de ‘Âshûrâ vale por lo que se haya hecho el año anterior”.

 

          -El día de ‘Âshûrâ (y también el día que le precede, llamado Tâsû‘â), como hemos visto. ‘Âshûrâ es el décimo día del mes de Muharram, y Tâsû‘â es el día anterior. El Profeta (s.a.s.) ayunó en ‘Âshûrâ y ordenó hacerlo, y dijo: “El año próximo, in shâ Allah, ayunaremos (también) en Tâsû‘â”.     

 

          -Seis días de Shawwâl, el mes siguiente al de Ramadán. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Quien ayune en Ramadán, y sigua haciéndolo seis días en Sahwwâl, es como si ayunara la vida entera”.

 

          -La primera mitad de Sha‘bân, el mes anterior a Ramadán. ‘Âisha (r.) dijo: “No he visto al Mensajero de Allah ayunar un mes entero salvo en Ramadán, y, aparte de ello, el mes durante el que más ayunaba era Sha‘bân”.

 

          -Los diez primeros días de Dzû l-Hiŷŷa. El Profeta (s.a.s.): “No hay acción preferible al ayuno durante estos días (refiriéndose a los diez primeros días de Dzû l-Hiŷŷa)”, y le preguntaron: “¿Ni tan siquiera es mejor el Ŷihâd?”, y respondió: “Ni tan siquiera el Ŷihâd es preferible al ayuno durante estos días, salvo que se salga a él y no se vuelva”.

 

          -El mes de Muharram, pues al Profeta (s.a.s.) se le preguntó sobre qué momento, a parte de Ramadán, el ayuno es más beneficioso, y él (s.a.s.) respondió: “El mes de Allah al que llamáis Muharram”.

 

          -Los “días blancos” de cada mes lunar, es decir, los de luna llena, y que son el trece, el catorce y el quince. Abû Dzarr (r.) dijo: “El Mensajero de Allah nos ordenó ayunar los tres días blancos, que son el trece, el catorce y el quince. Y dijo que valían por el ayuno de la vida entera”.

 

          -Los lunes y los jueves de cada semana, pues el Profeta (s.a.s.) solía ayunar en esos días. Se le preguntó por la razón, y respondió: “Los actos de los seres humanos son expuestos ante Allah cada lunes y cada jueves, y Él perdona a cada musulmán y a cada sincero, salvo a aquellos que tienen disputas entre sí, y Allah dice a los ángeles: Ponedlos los últimos”.

 

          El ayuno de un día sí y otro no. El Profeta (s.a.s.) dijo: “El ayuno más estimado por Allah es el ayuno de David, y la forma de recogerse por la noche preferida por la noche es la forma de David, que dormía media noche, se despertaba y se mantenía recogido ante Allah durante un tercio, y volvía a dormir una sexta parte, y ayunaba un día sí y otro no”.

 

          b) El ayuno desaconsejado (makrûh) es el que se realiza durante los siguientes días:

          Primero, mencionaremos los días en que el ayuno se desaconseja por prevención (karâhat tançîh)  ayunar.

 

          -El ayuno del día de ‘Árafa para el que asiste a la peregrinación, pues el Profeta (s.a.s.) prohibió ayunar a los reunidos en la llanura de ‘Árafa.

 

          -El ayuno de un viernes aislado. El Profeta (s.a.s.) dijo: “El viernes es vuestro día de fiesta. No ayunéis en él, a menos que ayunéis también el día de antes o el de después”.

 

          -El ayuno de un sábado aislado. El Profeta (s.a.s.) dijo: “No ayunéis en sábado, salvo que sea obligatorio. Si no encontráis nada que comer un sábado, tomad la piel de uvas o masticad una ramita”.

 

          -Ayunar en la segunda mitad de Sha‘bân (el mes anterior a Ramadán). El Profeta (s.a.s.) dijo: “Cuando medie Sha‘bân, dejad de ayunar”.

 

          En segundo lugar, mencionamos las ocasiones en que el ayuno se desaconseja de un modo que se acerca a la prohibición (karâhat tahrîm):

          -El wisâl, que consiste en ayunar varios días ininterrumpidamente, sin iftâr (ruptura del ayuno) al ponerse el sol ni comer nada durante la noche. El Profeta (s.a.s.) dijo: “No practiquéis el wisâl”, y también dijo: “Guardaos de practicar el wisâl”.

 

          -El ayuno del “día de la duda” (yaúm ash-shakk), que es el trigésimo de Sha‘bân. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Quien ayune el día de la duda desobedece a Abû l-Qâsim” (Abû l-Qâsim era un sobrenombre del Profeta, por lo que se refería a sí mismo, s.a.s.).

 

          -La práctica del sáwm ad-dahr, o ayuno perpetuo, que consiste en ayunar todos los días (rompiendo el ayuno al atardecer). El Profeta (s.a.s.) dijo: “No ayuna quien ayuna siempre”, y también dijo: “Quien practica el sáwm ad-dahr ni ayuna ni deja de ayunar”.

 

          -El ayuno de la mujer sin el consentimiento de su marido estando éste presente, fuera, por supuesto, de Ramadán. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Una mujer no debe ayunar ni tan siquiera un día sin la autorización de su esposo siempre que éste esté presente y no sea Ramadán”.

 

          c) El ayuno prohibido (harâm, muhárram). Ningún musulmán puede ayunar los días que se mencionan a continuación:

          -Ayunar en el día de la fiesta de la ruptura del ayuno (‘îd al-fitr), o el día de la fiesta del sacrificio (‘îd al-adhà), pues el Profeta (s.a.s.) prohibió ayunar en esas fechas “el día que se rompe el ayuno y el día que debéis comer de vuestro sacrificio”.

 

          -Los tres días del tashrîq (es decir, los tres días posteriores a la fiesta del sacrificio en Minà). El Profeta (s.a.s.) envió un pregonero que anunció la prohibición del ayuno en Minà, “pues son días para comer, beber y estar con la familia” (en otra versión del hadiz, “y para recordar a Allah”).

 

          -En el caso de las mujeres, los días que les dure la menstruación (háid) y el puerperio (nifâs).

 

          -En el caso de un enfermo, los días que dure su enfermedad si el ayuno le perjudica.

 

          4. La obligatoriedad de ayunar en Ramadán

 

          a) Obligatoriedad (wuŷûb)

 

          El ayuno de Ramadán es obligatorio (wâŷib) para todos los musulmanes y musulmanas que estén en condiciones de realizarlo, y ello según el Corán, la Sunna y el acuerdo unánime (iŷmâ‘) de toda la nación, siendo tal obligatoriedad un dato universalmente conocido por todos los musulmanes.

 

          El Corán dice: “El mes de ramadán, en el que fue revelado el Corán como senda para la gente y como explicación de la senda y la diferencia entre los lícito y lo ilícito, cuando veáis su luna, ayunad”.

 

          El Profeta (s.a.s.) dijo: “El Islam se construye sobre cinco pilares: testimoniar que no hay más verdad que Allah y que Muhammad es Su Mensajero, realizar el Salât, pagar el Zakât, peregrinar a la Casa, y ayunar en Ramadán”. Y también dijo: “Las bases sobre las que se construye el Islam -y si alguien las desdeña es considerado por ello kâfir de sangre lícita- son tres: testimoniar que no hay más verdad que Allah, realizar el Salât prescrito y ayunar en Ramadán”.

 

          b) Virtudes de Ramadán

 

El mes de Ramadán tiene características especiales y sus virtudes son enormes. Algunos de los hadices que sirven para apoyar el valor (fadl) extraordinario de este mes son los siguientes. El Profeta (s.a.s.) dijo: “De un Salât al siguiente de los cinco prescritos, de cada ŷúmu‘a al siguiente, y de un Ramadán a otro, son limpiados los corazones de quienes los observan con sinceridad y rectitud, mientras eviten las faltas graves”. También dijo: “Quien ayune Ramadán con sinceridad y esperando la bondad de Allah, son perdonadas sus faltas anteriores”. Y dijo: “He visto en sueños a un hombre de mi comunidad, que estaba sediento, hasta el extremo de llevar la lengua fuera de la boca. Cada vez que se acercaba a beber de una fuente, algo le impedía acercarse. Pero acudió en su ayuda el ayuno que había hecho en Ramadán, y le dio de beber hasta saciarlo”. Y dijo: “La primera noche de ramadán son encadenados los demonios y los genios perversos, y son cerradas todas las puertas del infierno. Al contrario, son abiertas las puertas del Paraíso, y ninguna de ellas queda cerrada, y un pregonero dice (desde el cielo): Oh, buscador del bien, acércate; oh, buscador del mal, aléjate”.

 

         5. Valor especial de la bondad y la excelencia durante Ramadán

 

          Ramadán es un mes al año en el que las acciones rectas y las bondades humanas tienen un valor mayor, siendo acogidas por Allah con una aceptación que le hace recompensarlas de un modo extraordinario. El Islam aconseja a los musulmanes incrementar durante Ramadán toda suerte de acciones nobles para que redunden en su favor ante Allah. Son también actos de bondad y excelencia todos aquellos que se realizan como devoción a Allah, todo cumplimiento de Sus órdenes y todo recogimiento espiritual. Entre los actos de bondad (birr) y de excelencia (ihsân) que tienen un mérito especial durante Ramadán, cabe destacar los siguientes:

 

          -La generosidad, que se muestra bajo la forma de sádaqa, o ayuda al necesitado. Durante Ramadán, debe ayudarse materialmente a todo el que esté en la indigencia o carezca por lo que sea de medios. La sádaqa también es toda muestra de solidaridad y amistad, y todo acto con el que compartimos lo que tenemos con los demás, ya estén necesitados o no. El Profeta (s.a.s.) dijo: “La mejor sádaqa es la que se entrega en Ramadán”, y dijo: “Quien dé de comer a alguien que esté ayunando, recibe como recompensa la de esa persona sin que a ella se le escatime la que merece”. También dijo: “Quien dé de comer y beber a alguien que esté ayunando ofreciéndole alimento y bebida lícitos, es bendecido por los ángeles a lo largo del mes de Ramadán, y es bendecido por Gabriel la Noche del Destino”. Según otro hadiz, el Profeta (s.a.s.) fue el más generoso de los hombres, y su generosidad era máxima las noches de Ramadán.

 

          -El qiyâm al-láil, que consiste en pasar buena parte de la noche en vela realizando Salât, recitando Corán, consagrado al Recuerdo de Allah. A esto se le llama qiyâm al-láil, que significa hacer que una noche sea recta, o bien se le dice también ihyâ al-láil, dar vida a una noche. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Quien haga rectas las noches de Ramadán verá perdonadas sus faltas del año anterior”. Según un hadiz, el Profeta (s.a.s.) “daba vida a las noches de Ramadán”, y cuando llegaban las diez últimas noches del mes, despertaba a toda su familia, incluidos los niños capaces de hacer el Salât, para que lo acompañaran en la práctica del qiyâm al-láil.

 

          -La lectura del Corán (tilâwat al-Qur’ân) durante ramadán, de noche y de día, especialmente de noche, es una de las prácticas espirituales que más  beneficio reportan durante el mes del ayuno, que es el mes del Corán. Sabemos por los hadices que Ŷibrîl hacía repasar al Profeta el Corán durante Ramadán. El Profeta (s.a.s.) alargaba mucho la recitación durante los Salâts en Ramadán, mucho más de lo que lo hacía normalmente a lo largo del año. Se cuenta que una noche de Ramadán comenzó con al-Báqara, siguió con Âli ‘Imrân y an-Nisâ, los textos más extensos del Corán, deteniéndose en cada versículo para acabarlo con ruegos e invocaciones, y todavía no había terminado la segunda rak‘a cuando Bilâl hizo la llamada para el faŷr (el Salât del amanecer).

 

          -El i‘tikâf, que consiste en retirarse a una mezquita para consagrarse por completo a la práctica de la ‘Ibâda (el Salât, la lectura del Corán, el Dzikr, etc.). El Profeta (s.a.s.) hizo i‘tikâf durante los diez últimos días de Ramadán hasta el año en que murió. Él (s.a.s.) dijo: “La mezquita es la casa de todo aquél cuyo corazón está sobrecogido por Allah. Allah se hace cargo del que pasa su tiempo en la mezquita, y le garantiza Su misericordia, y que pasará por el Sendero recto hacia la satisfacción de Allah en el Jardín el Día de la Resurrección”.

 

          -El i‘timâr, que consiste en realizar ‘umra (peregrinación menor) durante Ramadán, visitando la Casa de Allah en Meca para circunvalarla y hacer los recorridos entre los montes de Safa y Marwa. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Una ‘umra en Ramadán vale por una peregrinación mayor conmigo”.

 

6. Determinación del comienzo (zubût) de Ramadán

 

          Se determina que empieza el mes de Ramadán cuando tiene lugar alguna de las siguientes circunstancias:

          -Cuando acaba el día treinta del mes de Sha‘bân. Como ningún mes lunar puede tener más de treinta días, el siguiente es necesariamente el primero de Ramadán.

 

          -O bien, cuando la noche del veintinueve de Sha‘bân aparece la luna creciente, siendo el día siguiente el primero de Ramadán. El Corán dice: “Quien de vosotros vea su luna, que ayune”. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Quien vea el creciente, que ayune, y cuando volváis a verlo, dejad de ayunar. Si la luna no vuelve a ser vista a causa de las nubes, completan treinta días de Ramadán”.

 

          Es suficiente conque la luna creciente correspondiente al inicio de Ramadán sea vista por uno o dos testigos dignos de credibilidad. Sin embargo, la aparición del creciente de Shawâl (el mes siguiente a Ramadán) necesita el testimonio de dos testigos dignos de credibilidad que se confirmen mutuamente.

 

          Quien personalmente vea el creciente de Ramadán, debe ayunar aunque su testimonio no sea aceptado. Sin embargo, quien vea la luna de Shawâl no debe dejar de ayunar si su testimonio no es aceptado.

 

          7. Condiciones (shurût) del ayuno

 

          El cumplimiento del ayuno (siyâm o sawm) es exigido a todo musulmán que cumple dos condiciones: estar en uso de sus facultades racionales (‘âql) y ser mayor de edad (bulûg).

 

          Efectivamente, el Profeta (s.a.s.) enseñó que están exentos del cumplimiento de obligaciones “el loco hasta que sana, el dormido hasta que despierta y el niño hasta que eyacula”. Esto quiere decir que la conciencia (el uso de las facultades racionales) y la mayoría de edad son las dos condiciones para que un acto tenga valor en el Islam y se incurra en falta grave si no se realiza.

 

En el caso de las mujeres, además, para la validez de su ayuno, deben estar exentas de la sangre de la menstruación (haid) y el puerperio (nifâs).

 

          8. El ayuno del viajero, el enfermo, el anciano y la embarazada

 

          Todo aquél para el que la práctica del ayuno de Ramadán suponga un esfuerzo por encima del que se exige a una persona en situación normal puede acogerse a la licencia (rujsa), que le permite recuperar el ayuno más tarde o sustituirlo de alguna manera, según se dice a continuación:

 

          a) No está obligado a ayunar el que esté de viaje, que deberá recuperar los días que haya faltado a esta práctica una vez haya finalizado su viaje, tal como dice el Corán: “Quien esté de viaje o enfermo, que recupere el ayuno otros días en cantidad igual a aquellos que haya faltado a la obligación”. Si bien algunos ‘ulamâ estiman que se está de viaje en cuanto se recorre una distancia determinada a partir del lugar de residencia habitual, la opinión más acertada es que hay que atenerse para su definición a lo que el sujeto considere normalmente un viaje sin hacer más especificaciones relativas a distancias determinadas. Para algunos autores, si el viaje no conlleva molestias, es preferible ayunar, y si las conlleva es mejor romper el ayuno y atenerse a la licencia. Según otros autores, la licencia siempre está presente, sea o no cómodo el viaje.

 

          b) Si se está enfermo, en el caso de que ayunar suponga un perjuicio o retrase la curación, hay que acogerse a la licencia. Si la enfermedad es ligera y el ayuno no represente molestia alguna, hay que ayunar. Cuando pase la enfermedad hay que recuperar los días perdidos. Pero si la enfermedad es incurable, el enfermo deberá alimentar -según sus posibilidades- a un necesitado por cada día de Ramadán.

 

          c) El anciano de edad avanzada que ya no pueda soportar el ayuno a causa de su debilidad deberá alimentar a un necesitado por cada día de Ramadán, tal como dijo Ibn ‘Abbâs: “Se autoriza al anciano de edad avanzada a alimentar a un necesitado cada día de Ramadán”.

 

          d) Una mujer embarazada a la que pudiera perjudicar (a ella o al feto) la práctica del ayuno, debe alimentarse durante Ramadán y recuperar los días que falte al ayuno una vez que haya dado a luz y haya superado la fase de puerperio. Si tiene medios económicos, se le aconseja además que alimente a un necesitado por cada día que falte al ayuno. Lo mismo se dice de la mujer que amamante a un niño: si teme por su salud o por la del niño, se abstendrá de ayunar y recuperará más tarde los días que haya faltado al ayuno, y alimentará a un necesitado por cada día si tiene medios para ello.

 

          e) Si alguien muere “debiendo” días de ayuno, puede ser sustituido por algún pariente próximo que satisfaga por él su “deuda”. Efectivamente, igual que los herederos están obligados a pagar las deudas de los fallecidos, las “deudas” que haya contraído con Allah son prioritarias, tal como dijo el Profeta (s.a.s.): “Las deudas con Allah son las primeras en tener que ser saldadas”.

 

          9. Los pilares, actos recomendados y actos desaconsejados del ayuno

 

          a) Se llama pilar (rukn) al constituyente básico de un acto. Si falta el pilar se considera que el acto no ha tenido existencia ni es válido. Los pilares del ayuno son los siguientes:

 

          -La intención (niyya), que consiste en ser consciente de que se va a realizar un acto determinado (en este caso, el ayuno) y que se hace como cumplimiento de una orden de Allah con el deseo de un acercamiento a Él. El Profeta (s.a.s.) dijo: “El valor de los actos reside en las intenciones”. La noche anterior al inicio del ayuno, antes de que raye el alba, el musulmán debe hacer ese acto de intención. Esto, en lo relativo a Ramadán. Si se trata de un ayuno voluntario, la intención puede tenerse incluso cuando ya haya empezado el día, como cuando el Profeta (s.a.s.) preguntó si había algo para desayunar y le dijeron que no, y aprovechó para seguir ayunando ese día.

 

          -La abstención (imsâk), que consiste en dejar de comer y beber y toda actividad de  intencionalidad sexual (los muftirât).

 

          -El tiempo (çamân). El ayuno tiene un horario preciso. El ayuno sólo se hace durante el nahâr, es decir, mientras haya luz solar, desde el alba hasta la puesta del sol. Si alguien dejara de comer por la noche y comiera de día, no se consideraría que está ayunando.

 

          b) Por otra parte, los actos recomendados (las sunnas) del ayuno son los siguientes:

          -Romper el ayuno (iftâr) en cuanto se ponga el sol, tal como dijo el Profeta (s.a.s.): “Las gentes (los musulmanes) estarán bien mientras se apresuren a romper el ayuno”. Según Ánas, el Profeta (s.a.s.) no hacía el Salât del Magrib sin haber roto antes el ayuno, aunque fuera solo tomando un sorbo de agua.

 

          -Romper el ayuno con dátiles o agua, siendo preferibles los dátiles y en número impar (tres, cinco o siete). Ánas ibn Mâlik dijo que el Profeta (s.a.s.) siempre tomaba dátiles en Ramadán antes del Salât al-Magrib, y si no los había, bebía unos sorbos de agua.

 

          -Rogar a Allah (du‘â) en el momento del iftâr. El Profeta (s.a.s.) decía: allâhumma láka sumnâ wa ‘alà ríçqika aftarnâ fa-taqábbal minnâ ínnaka anta s-samî‘u l-‘alîm, Oh, Allah, por Ti hemos ayunado y (ahora) nos alimentamos con lo que nos has dado, ¡acepta nuestro ayuno! Tú oyes y sabes.

 

          -El sahûr, que consiste en comer y beber en la última parte de la noche con la intención de ayunar al día siguiente. El Profeta (s.a.s.) dijo: “La diferencia entre nuestro ayuno y el de las gentes del Libro es el sahûr”, y también dijo: “Comed antes de empezar el ayuno, pues en ello hay bendición”.

 

          -Retrasar el sahûr hasta hacerlo poco antes de que raye el alba. El Profeta (s.a.s.) dijo: “Mi nación estará bien mientras se apresure a romper el ayuno y retrase su inicio”. El sahûr puede hacerse desde la segunda mitad de la noche hasta que falten unos minutos para el alba

 

          c) Los actos desaconsejados (makrûhât) que se deben evitar durante el ayuno son los siguientes:

          -Exagerar la dmada (el enjuague de la boca) y el istinshâq (la aspiración de agua) durante la realización de la ablución (wudû), pues si el líquido pasa a la garganta anula el ayuno.

 

          -Los besos y las caricias si tienen intencionalidad sexual, pues si provocan eyaculación anulan la validez del ayuno.

 

          -Masticar cualquier tipo de sustancia.

 

          -Probar alimentos para comprobar si están salados o dulces, etc.

 

          -Pintarse los ojos al principio del día.

 

           10. Lo que anula el ayuno

 

          a) El ayuno queda anulado en los siguientes casos:

          -Cuando algún líquido llega al estómago, aunque sea por la nariz.

 

          -La eyaculación, aunque no sea resultado de una relación sexual.

 

          -El vómito provocado intencionadamente.

 

          -Comer, beber o mantener relaciones sexuales, aunque se sea obligado a ello

 

          -Comer, beber o mantener actividad sexual, aunque se crea que todavía es de noche cuando ya haya amanecido.

 

          -Comer o beber por descuido no anula el ayuno, pero sí si se sigue comiendo o bebiendo en la creencia de que ya se ha anulado el ayuno.

 

          -Tragar cualquier cosa que llegue al estómago.

 

          -La suspensión de la intención. Quedaría anulado el ayuno de quien comería o bebería si pudiera aunque no lo haga por carecer de medios.

 

          -Abandonar el Islam, aunque se volviera inmediatamente a él.

 

          Todo lo anterior se considera múftir, es decir, anula la validez del ayuno, y quien incurra en una de esas circunstancias deberá recuperar más tarde los días en que su ayuno haya sido anulado. A esto se le llama qadâ, recuperación. Pero no necesita hacer una kaffâra, que es una indemnización, que veremos más adelantes. La kaffâra es obligatoria sólo en dos casos:

          -Si se mantienen relaciones sexuales voluntarias durante el día.

          -Si se come o se bebe voluntariamente, sin que exista excusa.

 

          b) Lo permitido durante el ayuno

 

          El que ayuna (sâim) puede realizar los siguientes actos sin perjudicar su ayuno:

          -Lavarse la boca y limpiar los dientes.

 

          -Refrescarse el cuerpo con agua o sumergirse en ella

 

          -Comer, beber y mantener actividad sexual durante la noche hasta que raye el alba.

 

          -Medicarse con pomadas o cualquier sustancia que no llegue al estómago, como inyecciones si no son nutrientes.

 

          -Perfumarse.

 

          c) Lo que se disculpa durante el ayuno.

 

          -Aunque llegue al estómago, no anula el ayuno tragar saliva.

 

          -No anula el ayuno el vómito si no es provocado.

 

-Tragar polvo, humo, un insecto, y todo lo que es inevitable.

 

          -El ihtilâm, que es la polución del durmiente.

 

          -Comer o beber por descuido, aunque el Imâm Mâlik opina que es conveniente la recuperación (qadâ) cuando se trate de Ramadán, como prevención.

 

          11. La kaffâra

 

          Hemos visto que la anulación del ayuno por una razón suele conllevar la obligación de recuperar el día que se haya faltado al ayuno, y llamamos qadâ al acto de ayunar en otra fecha por el día que no se haya cumplido correctamente el ayuno. Ahora bien, si se ha anulado el ayuno voluntariamente esto constituye una falta grave en dos casos:

          -Si se come o se bebe voluntariamente sin justificación alguna

 

          -Si se mantienen relaciones sexuales voluntarias durante el ayuno.

 

          En estos casos se impone la kaffâra, una compensación que consiste en: 1- liberar un esclavo por cada día que se haya faltado al ayuno, o bien 2- ayunar dos meses consecutivos por cada día que se haya faltado al ayuno, o bien 3- alimentar a setenta pobres por cada día que se hay faltado al ayuno.