RAMADÁN

 

         El ayuno (sawm, siyâm) es obligatorio durante todos los días -desde que va a salir el sol hasta que se pone- de Ramadán, que es  el noveno mes del año lunar.

 

         El ayuno se recomienda durante otros momentos del año, pero durante Ramadán, es estrictamente obligatorio para todo el que pueda realizarlo, constituyendo esta obligación uno de los pilares sobre los que se erige el Islam.

 

         Las condiciones de Ramadán son seis:

         1- Primero, estar atento al comienzo del mes siguiendo las fases de la luna. Ramadán empieza con el noveno cuarto creciente (hilâl) del año, y hay que procurar verlo en su primera noche. El mes que precede a Ramadán es Sha‘bân. Si la noche noventa y nueve de Sha‘bân es nublada y no se puede saber si ha aparecido o no la luna de Ramadán (y lo relevante es verla -ruya-), se considera que Sha‘bân cumple su día número treinta y no se empieza a ayunar hasta el día siguiente, que será necesariamente primero de Ramadán porque ningún mes lunar puede tener más de treinta días. Quien no haya visto personalmente la luna, pero le confirma su salida alguien digno de confianza (‘adl) que haya sido testigo de la aparición del creciente, está obligado a ayunar al día siguiente. Si la luna se ve en una región y no en otra que le sea colindante y lo bastante próxima como para tener conocimiento del hecho, el ayuno es obligatorio en ambas. Si la otra región es lejana, cada país tiene su propia luna.

 

         2- La segunda condición es la intención (niyya). El musulmán debe hacer un acto de intención la primera noche que precede al ayuno, y cada noche durante el resto del mes (esto en la opinión de los más exigentes) para hacer válido su práctica del ayuno. La intención consiste en que tome claramente la decisión de ayunar al día siguiente (o el resto del mes según los que no exigen una intención diaria) cumpliendo con la obligación de guardar Ramadán. La intención debe ser concreta. No basta con decidir ‘ayunar’, sino cumplir con el ayuno de Ramadán, pilar del Islam, bajo su forma estricta.

 

         3- La tercera condición consiste en abstenerse (imsâk) de hacer llegar algo a propósito al estómago sabiendo que se está en ayunas. Comer, beber, inhalar o ingerir algo de cualquier modo anula el ayuno. Si no se hace a propósito o si se hace por olvido de que se está ayunando, no anulan la validez del ayuno. Hay que estar pendiente del momento exacto en que comienza el ayuno cada día para no ingerir nada en la barrera que separa el tiempo de comer y el tiempo de ayunar, así como al final con la puesta del sol para no romper el ayuno antes de su momento exacto, pues ello anula su validez.

 

         4- La cuarta condición consiste en abstenerse de mantener relaciones sexuales (ŷimâ‘) mientras dura el ayuno. Con ŷimâ‘ nos referimos a la penetración del pene, aunque no haya placer sexual ni eyaculación. Si la relación sexual tiene lugar durante la noche y se amanece sin haber hecho antes la ablución mayor, el estado de Ŷanâba (el que deriva de haber mantenido relaciones sexuales) no anula la validez del ayuno.

 

5- En quinto lugar, abstenerse de la masturbación (istimnâ). Provocar una eyaculación durante el día anula la validez del ayuno. Los besos y las caricias entre esposos durante el día -mientras no provoquen una eyaculación- no anulan la validez del ayuno, si bien se desaconsejan (son makrûh) y muy especialmente entre los jóvenes.

 

6- En sexto lugar, abstenerse de provocarse vómitos (istiqâ). El vómito no premeditado no anula el ayuno, si bien se debe procurar expulsarlo bien evitando volver a tragarlo. Tragar las mucosidades que se generen en los pulmones o en la garganta no anula el ayuno, porque es prácticamente inevitable.

 

Estos son los wâŷibât del ayuno, sus obligaciones. Su incumplimiento rompe el ayuno, que debe ser reparado de alguna de las maneras que explica el Fiqh (con las  fórmulas qadâ, kaffâra, fidya o imsâk). Quien cumple estrictamente con las obligaciones realiza correctamente el ayuno de Ramadán, habiendo guardado uno de los pilares del Islam.